martes, 4 de diciembre de 2007


Ya ha pasado la asamblea, sabemos cual es el convenio que se va a presentar a la empresa. Pero ni Salom ni IB3 están por la labor. ¿Sabemos qué vamos a hacer ahora? ¿Vamos a esperar a que el Comité despierte y vuelva a decirnos lo que tenemos que hacer? Nosotr@s decimos una cosa:


si nadie trabaja por tí, que nadie decida por tí.


ORGANIZATE Y LUCHA




La sección Sindical de CGT en SALOM IB3 está en fase de preparación. En breve estaremos list@s para empezar a andar, porque los acontecimientos se nos echan encima y no hay tiempo que perder. Desde aquí hacemos un llamamiento a tod@s l@s trabajador@s de Salom para que os unáis a nosotr@s y demos un nuevo impulso a ésta lucha.


Para quien no sepa qué es una sección sindical, aquí va un pequeño resumen. Si te convence y tienes interes por participar activamente, ponte en contacto con nosotr@s; es muy fácil.




¿De qué carajo me hablas?




Una sección sindical es un organo de representación de trabajador@s, reconocido por la ley (en concreto la LOLS, ley orgánica de libertad sindical) que representa a l@s afilisd@s que ese sindicato tiene en la empresa. La Sección tiene los mismos derechos que un Comité de Empresa, recogidos en el Art. 64 del Estatuto de los Trabajadores.




INFORMACIÓN: La empresa tiene que proporcionar información de contratos cuentas, censo de plantilla y demás. También tiene que ponernos un tablón (estamos a la espera) para informar a la plantilla.


NEGOCIACIÓN: La empresa está obligada a reconocer a la sección como interlocutor válido a la hora de negociar cualquier punto que afecte a l@s afiliad@s. Dependiendo de su fuerza en la empresa puede incluso firmar convenios colectivos.


HUELGA: La sección tiene potestad para convocar movilizaciones, incluída una huelga, igual que el comité de empresa.




¿Quien decide qué se hace, cuando y como?




Todas las decisiones de la sección se toman en asamblea, que está compuesta por tod@s l@s afiliad@s . Cada un@ tiene voz y voto, y nadie tiene poder ejecutivo ni privilegios sobre l@s demás. Así no hay lugar para la corrupción porque si nos compran nos tienen que comprar a tod@s, con lo cual habríamos logrado nuestro objetivo.




¿Qué garantías me da una Sección Sindical?




El sindicato al que pertenece la sección pone a su disposición sus abogad@s y recursos para que pueda llevarse adelante cualquier acción legal. Todo miembro de la sección está amparado por el sindicato, por la propia sección y por la ley de libertad sindical. Un trabajador combativo tiene muchas posibilidades de que la empresa lo despida si no está protegido. La jurisprudencia dice que en el 90% de los despidos a miembros de secciones, el juez lo acaba declarando nulo y el trabajador regresando a su puesto de trabajo.




¿Qué tengo que hacer para formar parte?




Es tan sencillo como afiliarte al sindicato al que pertenezca la sección (en este caso CGT). Ya está. ¿Te parece demasiado fácil? Pues además te digo que estar sindicado desgrava y la mayor parte de lo que hayas pagado de cuota (unos 8 euros) a final de año te lo devuelve hacienda.


Lo único que se te pedirá es implicación, porque aquí la gracia es que tod@s curramos. No vale con ser un agente pasivo y esperar consignas de alguien, sino que cada afiliado tiene que estar dispuesto a dar según sus posibilidades, y más ahora que hacen falta todos los brazos posibles. Cuant@s más afiliad@s tenga la sección mayor será su fuerza. En muchas empresas (como Telemadrid y algunas otras de la FORTA) no se funciona con comités sino con secciones sindicales, y ya véis los convenios que tienen.


Por eso, ahora más que nunca NO SEAS PEREZOS@, LUCHA POR LO TUYO.




AFILIATE




5 comentarios:

Anónimo dijo...

Vamonosssssss!!!!! Tiembla Martorell, que aquí empieza la marcha de nuevo! ¿O es que te creias que ibas a salirte de rositas despues de lo que estas haciendo con IB3? Yo opino CACEROLADA EN EL CONSOLAT

Anónimo dijo...

Contad conmigo.
Uno más para la sección sindical.

Anónimo dijo...

otro que se apunta. ¿Vais a hacer alguna reunion o algo?

Anónimo dijo...

Solo hay un pequeño inconveniente:
Para que la sección sindical tenga las mismas atribuciones que el comité de empresa la empresa debe contar con al menos 250 trabajadores en activo.
¿Es así, o no?
¿Es ese el caso de Salom?
Hay que actualizar el censo ya.

El Descastado dijo...

Es cierto que en empresas de mas de 250 trabajadores la sección sindical tendría derecho a un local y a designar un delegado (llamado LOLS)con horas sindicales y atribuciones identicas a las de un miembro del comité.
Salom no llega a 250 trabajadores y por eso no tenemos esos derechos concretos, pero eso no significa que no tengamos el resto de competencias, como el derecho de información, negociación y movilización. Podemos hacer mucho por la lucha desde la sección. Casi diría que visto que el Comité está "mort" no nos queda más remedio que buscar otras herramientas. Lo que no es de recibo es quedarnos parados.